dictamen 260/19 de 24.01.2002
Dictamen destacado
ORD. N°964
Materias únicas: Uso de correos electrónicos corporativos
Fecha: 11-jul-2023
1.- Para determinar si un correo electrónico institucional, un membrete o un teléfono corporativo constituyen datos personales, deben aplicarse los criterios señalados en el presente informe con el objeto de precisar si ellos permiten identificar o hacer identificable a una persona. 2.- Si, aplicados los criterios señalados, se concluye que se está en presencia de datos personales, les resultarán aplicables las normas de protección constitucional y legal reseñadas en el cuerpo de este informe.
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