dictamen 1446/67 de 06.04.2004
Dictamen destacado
ORD. N°43
Materias únicas: Estatuto de Salud, Corporación Municipal
Fecha: 12-feb-2025
No resulta jurídicamente procedente considerar para efectos del elemento experiencia de la carrera funcionaria de un funcionario de una Corporación Municipal regido por la Ley N°19.378 el tiempo servido con anterioridad en la DIDECO de la I. Municipalidad de Conchalí, aún cuando haya realizado labores como kinesiólogo.
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- Estatuto de Salud. Capacitación. - Estatuto de Salud. Experiencia. - Estatuto de Salud. Asignación de Perfeccionamiento.