dictamen 6679/302 de 02.12.1996
Dictamen destacado
ORD. Nº 1079/60
Materias únicas: derecho de opción - gratificación legal
Fecha: 12-mar-2004
La circunstancia que Pesca Chile S.A., hasta antes de la modificación de la cláusula décima quinta del contrato colectivo vigente en dicha empresa, haya pagado la gratificación de los últimos años en conformidad al artículo 50 del Código del Trabajo, no significa que hubiera optado por dicha modalidad de pago en forma definitiva y que dicho beneficio tuviera el carácter de garantizado.
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Dictámenes
Fecha: 26/12/1997
Contrato individual; Contrato de plazo fijo; Transformación en indefinido; Contrato individual; Contrato de plazo fijo; Renovación; Alcance; Gratificación legal; Derecho de opción; Ingreso mínimo; Imputación de beneficios; Gratificación;