dictamen 3507/187 de 05.06.1995
Dictamen destacado
ORD. Nº3688/82
Materias únicas: negociación colectiva - requisitos - última oferta - última oferta del empleador
Fecha: 12-sep-2007
Resulta jurídicamente improcedente que, para todos los efectos de la negociación colectiva, la última oferta u oferta vigente del empleador esté conformada por dos o más proyectos de contrato colectivo o por proposiciones alternativas o excluyentes debiendo entenderse complementado el dictamen Nº3507/187, de 05.06.1995, en tal sentido.
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Dictámenes
Fecha: 22/11/2000
Negociación Colectiva; Contrato Colectivo Forzado; Personal Afecto Contrato Individual; Presentación Proyecto; Instrumento Colectivo; Presentación Proyecto;