dictamen 4413/251 de 26.08.1999
Dictamen destacado
ORD. Nº 3988/156
Materias únicas: beneficios no contemplados - cláusula tacita - cláusula tácita - instrumento colectivo - negociación colectiva - procedencia
Fecha: 31-ago-2004
El beneficio de indemnización voluntaria pagado por el empleador, no constituye cláusula tácita que puede considerarse que ha modificado el contrato colectivo de trabajo vigente entre las partes.
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Indemnización legal por años de servicio; Base de cálculo;