dictamen 3917/180 de 05.07.1994
Dictamen destacado
ORD. Nº190/13
Materias únicas: imputación de beneficios - incorporación - ingreso mínimo - instrumento colectivo - interpretación - negociación colectiva
Fecha: 11-ene-2001
1) Los pagos por horas extraordinarias, gratificación legal, asignación de colación y movilización no procede considerarlos para enterar el ingreso mínima mensual, como tampoco, el bono de producción variable, a menos que éste se pague mes a mes, en cuyo caso podría ser considerado; y 2) Procede que la empresa Central de Restaurantes Ltda. pague bono trimestral de incentivo pactado en contrato colectivo, a trabajadores que hayan laborado el tiempo requerido en el trimestre previo al mes de octubre, aún cuando a este mes hubiere terminado el contrato de trabajo.
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