ordinario 2040 de 27.04.2015
Dictamen destacado
ORD. N°161
Materias únicas: Empresa
Fecha: 07-mar-2024
Por tal razón, si opera algún cambio en la empresa, no se requiere que las partes deban suscribir un nuevo contrato de trabajo o modificar los ya existentes, lo que no obsta a que las partes acuerden actualizar los contratos individuales, dejándose constancia en ellos del cambio de empleador y se consigne la antigüedad de los dependientes, sin que sea necesario agregar o modificar ninguna otra estipulación.
Documentos relacionados ordinario 2040 de 27.04.2015 (3)
Ordinarios
Fecha: 25/10/2017
Comité Paritario de Higiene y Seguridad; Disminución de trabajadores; Continuidad del comité; Disolución;
Ordinarios
Fecha: 27/04/2015
Comité Paritario de Higiene y Seguridad; Duración; Representantes;