dictamen 3870/79 de 28.09.2011
Dictamen destacado
ORD. N°2208
Materias únicas: registro de asistencia
Fecha: 09-may-2018
1.- El empleador no puede compensar mediante la entrega de una suma de dinero el tiempo de la jornada de trabajo destinada al cambio de vestuario y aseo personal 2.- La cláusula de asignación de cambio de vestuario y aseo personal que las partes pactaron en un instrumento colectivo, se encuentra vigente, mientras no sea declarada su nulidad por los Tribunales de Justicia.
Documentos relacionados dictamen 3870/79 de 28.09.2011 (6)
Ordinarios
Fecha: 29/09/2017
Jornada de trabajo; Tiempos de traslado; Acciones preparatorias o finales; Registro de asistencia; Ubicación;
Dictámenes
Fecha: 27/05/2016
Jornada de Trabajo; Inicio y Término; Registro de Asistencia; Ubicación; Trabajadores que laboran a bordo de plataformas flotantes; Empresas salmoneras; Deniega reconsideración de dictamen N°1687/28, de 07.04.2015;
Ordinarios
Fecha: 21/11/2014
Sistema de registro y control de asistencia digital; Ubicación;
Ordinarios
Fecha: 02/12/2013
Registro y control de asistencia; Libro de asistencia o Reloj control con tarjeta de registro o digital;