dictamen 1673/103 de 05.06.2002
Dictamen destacado
ORD. N°341
Materias únicas: Establecimiento Educacional Particular Subvencionado
Fecha: 04-jun-2024
Si el sostenedor en ejercicio de sus facultades de administración y dirección solicitó ante la autoridad educacional competente la modificación del calendario escolar, los profesionales de la educación y asistentes de la educación se encontraron obligados a continuar prestando sus servicios en los términos acordados por sus respectivos contratos de trabajo por todo el período de extensión establecido.
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