demasias
Dictamen destacado
ORD.: Nº2969/158
Materias únicas: base de cálculo - demasias - demasías - semana corrida
Fecha: 20-may-1997
Lo percibido por concepto de demasías que laboran los trabajadores panificadores debe incluirse para determinar la remuneración correspondiente a los días de descanso que perciben en conformidad al artículo 45 del Código del Trabajo si se laboran permanentemente en términos que constituyan una remuneración principal y ordinaria para los mismos dependientes.
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Fecha: 06/02/1997
Feriado; Remuneraciones; Beneficios que se incluyen; Demasías;