La Dirección del Trabajo carece de competencia para pronunciarse sobre la constitución y funcionamiento de los comités paritarios de higiene y seguridad, constituídos y a constituirse en el Hospital Exequiel González Cortés, dependiente del Servicio de Salud Metropoliano Sur, correspondiendo su conocimiento y resolución a la Superintendencia de Seguridad Social, sin perjuicio de la facultad de la Dirección del Trabajo para actuar como ministro de fe en el acto eleccionario de los miembros de ese comité.