Ordinarios
Competencia Dirección del Trabajo; Relación laboral terminada; Finiquito;
ORD.N°8
10-ene-2025
La Dirección del Trabajo carece de competencia para pronunciarse sobre materias que inciden en un finiquito de trabajo extendido cumpliéndose los requisitos legales establecidos en el artículo 177 del Código del Trabajo.