Dictámenes
Relación Jurídica; Trabajadores independientes; Afiliados a Sindicato;
ORD. N°283/6
12-ene-1990
La relación jurídica que une a los trabajadores independientes afiliados a un sindicato de trabajadores independientes con una empresa determinada, puede ser calificada como de índole laboral en la medida que concurran todas las circunstancias que la configuran, y, en tal caso, se regirá por la normativa laboral vigente, perdiendo dichos trabajadores la calidad de independientes.