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Ordinarios

Competencia Dirección del Trabajo; Funcionarios Municipalidades; Estatuto de Atención Primaria de Salud;

ORD. N°211

05-abr-2024

La Dirección del Trabajo carece de competencia para fiscalizar la situación laboral de un funcionario dependiente de la I. Municipalidad de El Bosque.

competencia dirección trabajo, funcionarios municipalidades, estatuto atención primaria salud,

Departamento Jurídico

Unidad de Dictámenes

e Informes en Derecho

E234055(246)2023

ORD. N°211

MAT.: Competencia Dirección del Trabajo.

RORD.: La Dirección del Trabajo carece de competencia para fiscalizar la situación laboral de un funcionario dependiente de la I. Municipalidad de El Bosque.

ANTS.: 1)Asignación de 30.01.2024.

2)Pase N°1313-92/2024 de 10.01.2024 de la Inspección Provincial del Trabajo de Maipo.

3)Presentación de 14.09.2023 de don Sebastián Leclérc Vargas.

SANTIAGO, 05.04.2024

DE:DIRECTOR DEL TRABAJO

A: SRA. DOROTHY PÉREZ GUTIÉRREZ

CONTRALORA GENERAL DE LA REPÚBLICA (S)

TEATINOS N°56

SANTIAGO

Mediante presentación del antecedente 3), don Sebastián Leclérc Vargas, fonoaudiólogo, dependiente de la Ilustre Municipalidad de El Bosque, ha solicitado a esta Dirección un pronunciamiento referido al factor experiencia respecto de su

Atendida la reiterada jurisprudencia de esta Dirección contenida, entre otros, en Dictamen N°188/11, de 11.01.2001, la competencia de esta Dirección en el área de la salud pública está circunscrita al Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal y sólo cuando se aplica a dependientes que laboran en entidades de derecho privado.

De esta manera, cuando la atención primaria de salud municipal es operada directamente por la Municipalidad respectiva corresponde a la Contraloría General de la República fiscalizar el cumplimiento de la Ley N°19.378 e interpretar administrativamente este cuerpo legal.

En razón de lo antes expuesto se remite a Ud. la solicitud del Sr. Leclérc dado que de acuerdo al tenor de la misma ella se encuentra referida a un funcionario municipal.

Saluda atentamente a Ud.,

PABLO ZENTENO MUÑOZ

ABOGADO

DIRECTOR DEL TRABAJO

NPS/GMS/MSGC/msgc

Distribución:

Jurídico

Partes

Control

seba.leclerc@gmail.com

ORD. N°211
competencia dirección trabajo, funcionarios municipalidades, estatuto atención primaria salud,

Catalogación

Referencias legales: ley 19.378
competencia dirección trabajo, funcionarios municipalidades, estatuto atención primaria salud,