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Período

Ordinarios

Sala cuna. Bono compensatorio. Trabajo nocturno.

ORD. N°5686

24-nov-2017

Resulta jurídicamente procedente que la trabajadora de la empresa Clínica Universitaria de Concepción S.A. Sra. Nicole Jara Canessa y dicha empleadora, acuerden el otorgamiento de un bono compensatorio del beneficio de sala cuna por el monto que resulte apropiado para financiar el cuidado del menor León Ignacio Franco Jara -hijo de dicha trabajadora- en su domicilio, mientras no se haga uso de dicho derecho por medio de una de las alternativas legales previstas en el artículo 203 del Código del Trabajo y la jornada laboral de la citada trabajadora se continúe desarrollando bajo el sistema descrito en el cuerpo del presente informe, el que implica trabajar en turnos de noche o que terminan en la noche, en horarios en que las salas cunas no funcionan. Lo anterior, con las prevenciones efectuadas en el cuerpo del presente informe.

Sala cuna. Bono compensatorio. Trabajo nocturno.
Número del dictamen u ordinario
Sala cuna. Bono compensatorio. Trabajo nocturno.

Catalogación

Sala cuna. Bono compensatorio. Trabajo nocturno.