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Período

Ordinarios

Descanso dentro de la jornada; Labores proceso continuo; Conductor vehículo transporte colectivo urbano;

ORD. Nº2443

04-jul-2014

Atiende presentación de don Leopoldo Valdivia Ramírez, en representación de la Federación de Sindicatos de Trabajadores de Chile.

Descanso dentro jornada, Labores proceso continuo, conductor vehículo transporte colectivo urbano,

DEPARTAMENTO JURIDICO

K5708 (1176) 2014

ORD. Nº 2443 /

MAT.: Descanso dentro de la jornada. Labores proceso continuo. Conductor vehículo transporte colectivo urbano.

RORD.: Atiende presentación de don Leopoldo Valdivia Ramírez, en representación de la Federación de Sindicatos de Trabajadores de Chile.

ANT.: 1) Pase Nº976, de 26.05.2014, de Jefe de Gabinete de Director del Trabajo.

2) Presentación de 20.05.2014, de Sr. Leopoldo Valdivia Ramírez, en representación de la Federación de Sindicatos de Trabajadores de Chile.

SANTIAGO,

DE : DIRECTOR DEL TRABAJO

A : SRES. EMPRESA SUBUS CHILE S.A.

AV. DEL CÓNDOR 590, PISO 7, CIUDAD EMPRESARIAL

HUECHURABA

Mediante su presentación de antecedente 2), el Sr. Leopoldo Valdivia Ramírez, en representación de la Federación de Sindicatos de Trabajadores de Chile, ha solicitado a este Servicio se envíe a la empresa Subus Chile S.A., copia de los Ord. Nº0153, de 14.01.2014 y Nº1526 de 28.04.2014.

Al respecto, cabe señalar que los citados pronunciamientos -que se encuentran plenamente vigentes- establecen que la labor de los conductores de vehículos de transporte colectivo de pasajeros, pertenecientes al Plan Transantiago, no es de proceso continuo, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 34 inciso 2º del Código del Trabajo.

En efecto, mediante el precitado Ord. Nº153, de 14.01.2014, esta Dirección ha resuelto que "la función de conductor de vehículos de transporte colectivo urbano de pasajeros, que desempeñan los operadores de la empresa Subus Chile S.A., no constituye un trabajo de proceso continuo, por lo que dichos trabajadores tienen derecho a interrumpir su jornada por, a lo menos, 30 minutos para colación, en los términos indicados en el inciso 1º del artículo 34, del Código del Trabajo".

En tal contexto, y a fin de dar respuesta a la presentación de antecedente 2), adjunto remito a Uds., copia de los pronunciamientos individualizados.

Saluda a Uds.,

CHRISTIAN MELIS VALENCIA

ABOGADO

DIRECTOR DEL TRABAJO

JFCC/SOG/RCG

Distribución :

- Jurídico

- Control

- Partes

- Federación de Sindicatos de Trabajadores de Chile

ORD. Nº2443
Descanso dentro jornada, Labores proceso continuo, conductor vehículo transporte colectivo urbano,

Catalogación

Referencias legales: codigo del trabajo, articulo 34
Descanso dentro jornada, Labores proceso continuo, conductor vehículo transporte colectivo urbano,