ordinario n°457, 29.09.2026
Dictamen destacado
ORD.N°457
Materias únicas: Derecho a sala cuna - Protección a la maternidad y la paternidad y la conciliación de la vida personal, familiar y laboral - Bono compensatorio de sala cuna
Fecha: 29-sep-2026
No corresponde que el empleador otorgue un bono compensatorio de sala cuna si no se encuentra obligado a cumplir lo dispuesto en el artículo 203 del Código del Trabajo respecto de sus trabajadoras, debido a que la empresa no ocupa veinte o más trabajadoras de cualquier edad o estado civil.
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Ordinarios
Fecha: 29/09/2026
Protección a la maternidad y la paternidad y la conciliación de la vida personal, familiar y laboral; Derecho a sala cuna; Bono compensatorio de sala cuna;