ordinario n°79, 03.02.2026
Dictamen destacado
ORD.N°189
Materias únicas: Anticipación del término de la jornada - Postergación del inicio de la jornada - Pago de pasajes - Ampliación del tiempo de traslado - Derecho de alimentación de hijo/a menor - Protección a la maternidad y la paternidad y la conciliación de la vida personal, familiar y laboral
Fecha: 03-mar-2026
En aquellos casos en que la madre trabajadora, que se desempeña en un sistema excepcional de distribución de jornada y descansos, que le imposibilita o menoscaba el ejercicio del derecho de alimentación del hijo/a menor, no acuerda con su empleador la acumulación del tiempo destinado al referido derecho que no pudo hacer efectivo, corresponde conceder la ampliación del lapso utilizado para dicha prerrogativa y el pago del valor de los pasajes, de acuerdo con el inciso quinto del artículo 206 del Código del Trabajo si se ejerce el derecho de alimentación postergando el inicio o anticipando el término de la jornada en una o media hora, manteniéndose al hijo/a menor de dos años en la respectiva sala cuna. En caso contrario, si el menor de dos años se encuentra en su propio hogar, no corresponde acceder a los derechos accesorios indicados anteriormente, en tanto el mayor gasto y esfuerzo en que se incurre para darle alimentos, que sirve de fundamento a aquellos, se disipa en ese evento.
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Ordinarios
Fecha: 03/02/2026
Proteccion a la maternidad y paternidad y la conciliación de la vida personal, familiar y laboral; Bono compensatorio de sala cuna; Ley N°21.400; Matrimonio igualitario;