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Dictámenes y Normativa

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Período

Dictamen destacado

ORD. N°54/4

Materias únicas: Horario dentro de la Jornada de Trabajo - Tiempo destinado a colación - Jornada de Trabajo
Fecha: 05-ene-1990

El empleador puede disponer el momento en que los trabajadores harán uso del tiempo destinado a colación, teniendo presente que éste debe ser de una duración no inferior a la prevista en el artículo 33 del Código del Trabajo y en un horario dentro de la jornada adecuado a la finalidad perseguida con su establecimiento.