El sistema electrónico de registro y control de asistencia, denominado SmarTime, consultado por las empresas Facepass S.p.A. y Keytec Biometría Ltda., no superó el examen de admisibilidad señalado en el artículo 68° letra a) de la Resolución Exenta N°38 de 26.04.2024, por lo que se rechaza la solicitud.