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Dictámenes y Normativa

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Dictamen destacado

ORD. N°321

Materias únicas: Sistema de registro y control de asistencia digital
Fecha: 28-may-2024

Cada empleador sólo puede llevar un solo tipo de registro de asistencia, papel o electrónico y, en este último caso, los mecanismos deben haber sido autorizados por esta Dirección, a menos que se trate de trabajadores que se encuentren afectos obligatoriamente a un sistema especial, por ejemplo, los choferes y auxiliares de vehículos de transporte interurbano de pasajeros o transporte interurbano de carga.