En el período en que un docente haya hecho uso de la suspensión del contrato de trabajo por motivos de cuidado, regulada en la Ley N°21.247, correspondía pagar la Bonificación de Excelencia Académica, en la medida que el establecimiento haya sido calificado como de excelente desempeño, y que el profesional de la educación no tenga calificación deficiente.