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Dictámenes y Normativa

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Dictamen destacado

ORD. N°4319

Materias únicas: trabajadores del comercio
Fecha: 26-ago-2015

En las empresas que cuentan con sistema de turno rotativo de trabajo, la jornada laboral no puede comprender ninguna de las horas del día domingo en que se hubiere otorgado el descanso consagrado en el artículo 38 bis del Código del Trabajo.