ordinario 1733, 04.10.2022
Dictamen destacado
ORD. N°1092
Materias únicas: Remuneraciones
Fecha: 08-ago-2023
Los descuentos por los que se consulta deberán efectuarse previo acuerdo por escrito entre empleador y trabajador, conforme lo establece el artículo 58 inciso 3° del Código del Trabajo, respetando el tope del 15% de la remuneración total del Trabajador.
Documentos relacionados ordinario 1733, 04.10.2022 (1)
Ordinarios
Fecha: 08/08/2023
Remuneraciones; Descuentos; Asignación por desempeño en condiciones difíciles;