dictamen 1970/16, 24.06.2020
Dictamen destacado
ORD. N°1970/16
Materias únicas: Contrato de teleoperadores
Fecha: 24-jun-2020
Resulta procedente el otorgamiento del descanso de 30 minutos previsto en el artículo 152 quáter C del Código del Trabajo a los trabajadores teleoperadores sujetos a conexión continua, que se desempeñan en una jornada parcial de trabajo.
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Dictámenes
Fecha: 24/06/2020
Ley N°21.142; Contrato de teleoperadores; Descanso de 30 minutos; Jornada parcial;