ordinario 675, 05.02.2020
Dictamen destacado
ORD. Nº675
Materias únicas: Vínculo de Subordinación y dependencia
Fecha: 05-feb-2020
El accionista mayoritario que además tiene la administración y representación de la sociedad, no puede contraer con ésta un vínculo de subordinación y dependencia, al confundirse las voluntades de empleadora y dependiente.
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Ordinarios
Fecha: 05/02/2020
Vínculo subordinación y dependencia; Socio mayoritario; Administración y representación;