1) No resulta jurídicamente procedente que la empresa Metro S.A., pague asignación de antigüedad por bienios a sus trabajadores Guillermo Hernández Villalobos y Alonso Cancino Lara, provenientes de la Ex Dirección General del Metro, dependientes del Ministerio de Obras Públicas.
2) La Dirección del Trabajo debe abstenerse de emitir un pronunciamiento respecto de los restantes requirentes, los cuales se encuentran afectos a la sentencia pronunciada el 16.07.97 en causa Rol Nº L-71.704 - 95 por el Tercer Juzgado del Trabajo de Santiago.