ordinario 6435, 19.12.2018
Dictamen destacado
ORD. N°1452
Materias únicas: Asociación de funcionarios
Fecha: 23-ago-2022
1. Sin perjuicio de las facultades que la Ley N°19.296 ha conferido a la Dirección del Trabajo respecto de las asociaciones de funcionarios regidas por ese cuerpo legal, no corresponde a este Servicio pronunciarse sobre materias que pertenecen al ámbito propio del funcionamiento interno de aquellas, las que deberán ser resueltas de acuerdo con los mecanismos establecidos en sus estatutos, quedando a salvo el derecho de los afectados de los Tribunales de Justicia. 2. Corresponde a los Tribunales Electorales Regionales conocer de las reclamaciones que se interpongan con motivo de los actos eleccionarios celebrados por las asociaciones de funcionarios.
Documentos relacionados ordinario 6435, 19.12.2018 (5)
Ordinarios
Fecha: 07/03/2022
Asociación de Funcionarios; Organización Interna; Interpretación Normas estatutarias; Competencia Dirección del Trabajo;
Dictámenes
Fecha: 19/10/2021
Asociación de Funcionarios; Administración del Estado; Ley N°19.296;
Ordinarios
Fecha: 19/03/2021
Competencia Dirección del Trabajo; Primer Tribunal Electoral Regional Metropolitano;
Ordinarios
Fecha: 19/12/2018
Organizaciones sindicales; Actuaciones sindicales; Validez; Dirección del trabajo; Competencia;