dictamen 6050/279, 17.10.1994
Dictamen destacado
ORD.: Nº4614/195
Materias únicas: organización sindical - sindicato de trabajadores independientes afiliación
Fecha: 16-ago-1996
Resulta jurídicamente procedente que un trabajador taxista independiente que se desempeña para dos o más Líneas de Taxis, se afilie a la organización sindical existente en cada una de ellas y participe en la dirección de cada entidad sindical.
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Dictámenes
Fecha: 16/08/1996
Organizaciones sindicales; Sindicato de trabajadores independientes; Afiliación;