Procede el pago del beneficio denominado bono de jubilación pactado en la cláusula décimo quinta del convenio colectivo suscrito entre la empresa Arze, Reciné y Asociados Ingenieros Consultores S.A. ARA S.A., y el Sindicato de Trabajadores Nº 2, una vez obtenida la jubilación por el trabajador y su retiro de la empresa.