dictamen 3665/218, 26.07.0993
Dictamen destacado
ORD.: Nº4326/183
Materias únicas: calificación de la dirección del trabajo - calificación dirección del trabajo - jornada de trabajo - personal excluido de la limitación de jornada - personal excluído de la limitación de jornada
Fecha: 30-jul-1996
Los trabajadores de la Empresa Alcia Servicios de Personal Ltda. que laboran como lectores domiciliarios de medidores de Chilectra S.A. y repartidores de boletas y facturas de consumos, se encuentran excluídos de la limitación de la jornada de trabajo en conformidad con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 22 del Código del Trabajo.
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Jornada de trabajo; Personal excluído de la limitación de jornada;