Contenido principal

Dictámenes y Normativa

Búsqueda simple
Ejemplo: 4919/115
Período

Dictamen destacado

ORD. N°842

Materias únicas: Feriado Progresivo
Fecha: 06-dic-2024

1. Si el trabajador no acreditó oportunamente los diez años de servicio con empleadores anteriores, pierde el beneficio de los dos días adicionales de feriado progresivo por los 7 años de antigüedad con su actual empleador, no siendo procedente la exigencia retroactiva de los días de feriado progresivo que podría haber hecho uso en caso de haber probado oportunamente los años de trabajo. 2. Por el contrario, una vez acreditados por el trabajador en tiempo los diez años de servicio al que nos estamos refiriendo, y es el empleador quien no ha otorgado los correspondientes días adicionales de feriado progresivo, procede su exigencia en forma retroactiva considerando los plazos de prescripción general que consagra el artículo 510 del Código del Trabajo.

Documentos relacionados dictamen 304/17, 23.01.1986 (2)

Ordinarios

ORD. N°2237

Fecha: 18/06/2019

Feriado Progresivo; Otorgamiento; Cómputo;

Dictámenes

ORD. Nº4551/222

Fecha: 21/07/1995

Feriado progresivo; Sistematización de jurisprudencia;