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Dictamen destacado

ORD. N°329/11

Materias únicas: igualdad ante la ley - contrato deportistas profesionales y actividades conexas - contrato de trabajo - futbolistas profesionales - principio de no discriminacion
Fecha: 08-mar-2023

1.- El objetivo final de la Ley Nº 21.436 es equiparar las condiciones laborales de las jugadoras de fútbol profesional a la situación contractual de los jugadores profesionales del género masculino. 2.- Las entidades deportivas se encuentran obligadas a contratar a las jugadoras de fútbol profesional de categoría adulta en el porcentaje de gradualidad dispuesto en el artículo primero de las disposiciones transitorias de la Ley N°21.436, a partir del 1 de enero de 2023 y según lo expuesto en el presente informe. 3.- La base de cálculo para determinar la cantidad de jugadoras que deberán ser contratadas según lo dispuesto en el artículo primero transitorio de la Ley N°21.436, corresponde al conjunto de jugadoras inscritas y habilitadas, sean adultas o juveniles, que la respectiva entidad deportiva presente como plantel de jugadoras para competir en el campeonato correspondiente, en los términos indicados en el presente informe.

Documentos relacionados ordinario 2963, 28.06.2018 (1)

Ordinarios

ORD. N°2963

Fecha: 28/06/2018

Principio de no discriminación; Ofertas de trabajo; Capacidad e idoneidad;