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Dictámenes y Normativa

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Dictamen destacado

ORD. N°1806

Materias únicas: Cláusula de Contrato de Trabajo
Fecha: 30-abr-2013

La cláusula N°6 del Contrato de Trabajo; celebrado entre Power Data America Limitada y Don Pedro Hans Campos Espinoza no se ajusta a derecho al prohibir al trabajador, relacionarse con empresas que presten servicios u ofrezcan productos similares a los de su empleador, hasta 1 año después de terminada la relación laboral. Asimismo, no se ajusta a derecho la facultad del empleador, incluida en el contrato de trabajo, de exigir el pago de 500 UF, a modo de evaluación anticipada de lo perjuicios.

Documentos relacionados dictamen 5800/192, 28.08.1991 (1)

Dictámenes

ORD. Nº521/27

Fecha: 25/01/1995

Competencia Dirección del trabajo; Terminación de contrato individual; Calificación de causales; Negociación colectiva; Instrumento colectivo; Legalidad de cláusula;