ordinario 1277, 08.03.2018
Dictamen destacado
ORD. N°1277
Materias únicas: protección a la maternidad
Fecha: 08-mar-2018
Tratándose de aquellos dependientes en favor de quienes se ha decretado el cuidado personal de un niño, mismo respecto de quien luego se otorgó la adopción, el inicio del descanso postnatal parental puede verificarse en cualquiera de las oportunidades previstas por el legislador para cada circunstancia, a elección del trabajador, en consecuencia, no resulta obligatorio el inicio del descanso al verificarse la primera de tales condiciones.
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Ordinarios
Fecha: 08/03/2018
Protección a la maternidad; Permiso postnatal parental; Oportunidad de ejercicio del derecho; Cuidado personal; Adopción;