dictamen 2904, 04.05.1970
Dictamen destacado
ORD. N°5733
Materias únicas: feriado progresivo
Fecha: 27-nov-2017
El feriado progresivo debe ser solicitado con anterioridad a hacer uso de los días de feriado legal, si este se impetra de manera posterior, se pierde sólo por ese año, debiendo sumarse los días progresivos a los quince días de vacaciones del año posterior. Procede el feriado progresivo respecto a trabajadores jubilados.
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Ordinarios
Fecha: 27/11/2017
Feriado progresivo; Cotizaciones previsionales; Trabajador jubilado;