Para el docente calificado en el tramo Experto I será facultativo rendir la Evaluación de Conocimientos Específicos y Pedagógicos, inserta en el Sistema de Reconocimiento y Promoción del Desarrollo Profesional, persistiendo la obligación de someterse al proceso de evaluación contemplado en el artículo 70 del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 22.01.1997.