dictamen 5068/117, 26.10.2017
Dictamen destacado
ORD. N°1442
Materias únicas: Corporación Municipal
Fecha: 22-ago-2022
1. Las Corporaciones Municipales pueden pagar a sus docentes Asignados Especiales de Incentivo Profesional las que, hasta el año escolar 2025, no pueden superar el 30% de la Remuneración Básica Mínima Nacional. 2. Las Corporaciones Municipales pueden pactar otros beneficios remuneratorios, distintos de los establecidos en el artículo 47 del Estatuto Docente, en la medida que sean estos adicionales a las remuneraciones que, por ley, deber percibir los docentes del sector municipal.
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