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Dictamen destacado

ORD. N°2588

Materias únicas: competencia dirección del trabajo
Fecha: 12-jun-2017

Los asuntos controvertidos entre las partes de un contrato de trabajo, luego de extinguida la relación laboral, deben ser conocidos y resueltos por un Juez del Trabajo respectivo, careciendo este Servicio de competencia para pronunciarse al respecto.

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Ordinarios

ORD. N°2588

Fecha: 12/06/2017

Dirección del Trabajo; Competencia; Finiquito;