ordinario 5560, 15.11.2016
Dictamen destacado
ORD. N°1873
Materias únicas: contrato individual de trabajo
Fecha: 10-jun-2020
La naturaleza jurídica del contrato de trabajo que une a las partes, no revestiría la calidad de contrato por obra o faena determinada, por lo que no procedería la aplicación de tal modalidad de contratación respecto de la trabajadora por la cual se consulta.
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