ordinario 3306, 02.07.2015
Dictamen destacado
ORD. N°6200/100
Materias únicas: negociacion colectiva
Fecha: 30-dic-2016
Habiendo participado los trabajadores del caso en la negociación colectiva entre la empresa BCI y el Sindicato N°1, proceso merced al cual habrían ejercido el derecho a reintegrarse individualmente para luego desafiliarse de dicha organización sindical, les resulta aplicable lo prescrito por el artículo 346 inc. final del Código del Trabajo, debiendo tales dependientes efectuar la cotización sindical respectiva
Documentos relacionados ordinario 3306, 02.07.2015 (1)
Dictámenes
Fecha: 03/05/2016
Negociación Colectiva; Instrumento Colectivo; Extensión de Beneficios; cuota sindical;