ordinario 5714, 05.11.2015
Dictamen destacado
ORD. N°1625
Materias únicas: Jornada de Trabajo
Fecha: 12-may-2020
Si no hay acuerdo entre las partes para ajustar a la ley la cláusula contractual sobre jornada de trabajo del personal de conductores de que se trata, el empleador se encuentra facultado para modificar la respectiva estipulación, con la sola finalidad de adecuarla a la normativa vigente que regula la materia.
Documentos relacionados ordinario 5714, 05.11.2015 (2)
Ordinarios
Fecha: 29/12/2015
Estatuto Docente; Período de feriado anual; Convocatoria a actividades de perfeccionamiento; Facultad del empleador; Sanción en caso de inasistencia;
Ordinarios
Fecha: 05/11/2015
Estatuto Docente; Anexo de contrato; Negativa a firmar; Periodo de interrupcion de las actividades escocales; Convocatoria a realizar actividades de perfeccionamiento o curriculares no lectivas;