1) La Fundación Educacional El Salvador debe desglosar las remuneraciones del personal docente en sus respectivas liquidaciones de sueldo. 2) La referida fundación educacional se encuentra obligada a pagar el bono extraordinario a partir del año 1998, en el evento de que existan excedentes en los términos que se indican en el cuerpo del presente oficio. 3) La Fundación Educacional El Salvador debió otorgar a todo el personal docente afecto al instrumento colectivo vigente, cualquiera que sea el valor de la hora convenida, el reajuste de remuneraciones otorgado por la Ley Nº 19.598.