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Dictamen destacado

ORD. N°4041

Materias únicas: feriado comunal - trabajador que prestan servicios en otras localidades
Fecha: 11-ago-2015

Los trabajadores que han sido contratados para cumplir labores fuera de las comunas de Chillán y Chillán Viejo, se encuentran obligados a concurrir a prestar sus servicios el día 20 de agosto de cada año.

Documentos relacionados trabajador que prestan servicios en otras localidades (1)

Ordinarios

ORD. N°4041

Fecha: 11/08/2015

Feriado comunal; Chillan y Chillan Viejo; Trabajadores que prestan servicios en otras localidades;