trabajador jardines infantiles y sala cuna contratados por recursos junji
Dictamen destacado
ORD. Nº852/9
Materias únicas: bono zonas extremas - corporación municipal - estatuto docente - procedencia - trabajador jardines infantiles y sala cuna contratados por recursos junji
Fecha: 05-mar-2014
Niega lugar a solicitud de reconsideración del Dictamen Nº3801/37, de 29.08.2012, que concluye que "A los trabajadores de los jardines infantiles y salas cunas contratados por la Corporación Municipal de Macul, con cargo a los fondos traspasados por la Junta Nacional de Jardines Infantiles para la administración de dichos jardines y salas cunas, no les asiste el derecho a percibir el bono correspondiente a zonas extremas establecido en el artículo 30 de la Ley Nº20.313."
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