remuneración mensual garantizada
Dictamen destacado
ORD. Nº6487/287
Materias únicas: dictamenes - dictámenes efectos en el tiempo - dirección del trabajo - efectos en el tiempo - procedencia - remuneración mensual garantizada - semana corrida
Fecha: 19-oct-1995
1) Acógese la solicitud de reconsideración de las instrucciones Nºs. 013.07.93-1195 y 013.07.94-303 de 15.11.94, cursadas a la empresa "Servicios Brink's S.A., por el fiscalizador Sr. Vladimir Díaz C. de la Inspección Provincial del Trabajo de Santiago, en cuanto ordenan a dicha Empresa pagar el beneficio de semana corrida y sus correspondientes cotizaciones, respecto de los trabajadores que se desempeñan como "cajeros ocasionales, por el período comprendido entre el mes de noviembre de 1993 y octubre de 1994. 2) Déjase sin efecto las instrucciones Nº 013.017.93-1195 y 013.07.94-303 de 15.11.94 y los Ordinarios Nºs. 599, de 06.04.95 y 1218, de 03.07.95 ambos del Director Regional del Trabajo, Región Metropolitana.
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