1) El Director de la División Salud, la Secretaria y un Administrativo Estadístico de la Oficina Central de la Corporación Municipal de Servicios Traspasados de Rancagua que realizan personal y directamente labores relacionadas con la administración de los cinco consultorios de atención primaria de salud, administrados por dicha Corporación estan afectos a la regulación de la ley Nº 19.378.
2) La normativa que regula los permisos y feriados del personal médico que se desempeña en la atención primaria de salud municipal se rige por los artículos 17 y siguientes del Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal.
3) No es competente este Servicio para referirse a la experiencia a reconocer y el plazo para obtener dicho reconocimiento, a los que alude la ley Nº 19.378, por ser materias propias del Estatuto de los Funcionarios Públicos.