contrato de duración inferior a treinta días
Dictamen destacado
ORD. Nº5180/352
Materias únicas: competencia - contraloria general de la república - contrato de duración inferior a treinta dias - contrato de duración inferior a treinta días - dirección del trabajo - finiquito - inspector del trabajo - ratificación
Fecha: 11-dic-2000
1) No existe inconveniente jurídico para ratificar ante los inspectores del trabajo los finiquitos de los contratos de trabajo de duración no superior a treinta días. 2) A la Dirección del Trabajo no le corresponde pronunciarse acerca de la aplicabilidad de la ley N° 19.631, ni tampoco exigir su cumplimiento respecto del personal que presta servicios para Astilleros y Maestranzas de la Armada, ASMAR, materias de competencia de la Contraloría General de la República.
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Fecha: 11/12/2000
Finiquito; Ratificación; Inspector del Trabajo; Contrato de Duración Inferior a Treinta Días;