El incremento de la Ley Nº19.464 establecido en el artículo 1º del mismo cuerpo legal, entre otros, para el personal asistente de la educación que presta servicios en establecimientos educacionales dependientes de las Corporaciones Municipales, particulares subvencionados conforme al D.F.L. Nº2, de 1998, del Ministerio de Educación y a los regidos por el Decreto Ley Nº3.166 de 1980, es constitutivo de remuneración y por ende, imponible, sin perjuicio de lo expuesto en el cuerpo del presente oficio