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Dictamen destacado

ORD. Nº213/3

Materias únicas: destino - ley 19.464 - subvención
Fecha: 15-ene-2009

No resulta legalmente procedente que las Corporaciones Municipales destinen la subvención a que se refiere el artículo 1º de la Ley Nº19.464 a otros pagos, que no sea el denominado "Bono Incremento Ley Nº19.464", aún cuando cuenten para ello con el consentimiento de los asistentes de la educación.

Documentos relacionados dictamen 213/3 de 15.01.2009 (1)

Dictámenes

ORD. Nº213/3

Fecha: 15/01/2009

Ley Nº19.464. Subvención. Destino.